21/12/2021
El Sistema de Información Inmediata (SII) es el sistema que ha implantado la Agencia Tributaria para llevar los libros de registro del IVA a través de su Sede Electrónica.
El objetivo de este sistema es mejorar el control tributario y la asistencia al contribuyente, permitiendo el suministro inmediato de los registros de facturación. Así, se podrán comprobar, en tiempo real, todas las transacciones comerciales que hagan las empresas obligadas a ello.
El SII establece que las empresas lleven los libros registro de IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT, en concreto:
- Libro Registro de Facturas Expedidas.
- Registro de Facturas Recibidas.
- El Libro Registro de Bienes de Inversión.
- Y el libro Registro de Operaciones Intracomunitarias.
De este modo, cada vez que se emita o se reciba una factura, deberá ser enviada a la AEAT, tanto por parte del emisor como del receptor, para que se puedan cruzar los datos y comprobar así la información.
Del mismo modo, los contribuyentes tendrán acceso total y en tiempo real a sus libros de registro en la AEAT, así como a la información que otros han proporcionado sobre ellos.
Datos a enviar
Libro registro de facturas expedidas
- Tipo de factura expedida, indicando si se trata de una factura completa o simplificada.
- Número y serie de la factura.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa y NIF del destinatario.
- La base imponible de las operaciones y el tipo impositivo aplicado.
- Descripción de las operaciones.
- Las facturas rectificativas deberán indicar la referencia a la factura rectificada o importes que se modifican.
- Calificación fiscal de las operaciones incluidas en la factura expedida: no sujeta y exenta; entregas de bienes o prestación de servicios; regímenes especiales (oro de inversión y REGE).
- Periodo de liquidación de las operaciones.
- Si la operación no se encuentra sujeta al IVA.
- Menciones del IVA de caja.
Libro registro de facturas recibidas
- Número y serie que figure en la factura.
- Fecha de expedición y de realización de las operaciones.
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa y NIF del expedidor.
- Base imponible y el tipo impositivo.
- Cuota deducible.
- Descripción de la operación.
- Regímenes especiales.
- Menciones del IVA de caja.
Empresas obligadas
Las empresas que están obligadas a adoptar el SII son aquellas que autoliquiden el IVA mensualmente:
- Grandes empresas. Aquéllas con una facturación superior a 6 millones de euros.
- Inscritos en el REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA).
- Contribuyentes en régimen de grupo de entidades.