Skip to content
Presentación del modelo 200

Presentación del modelo 200

Acaba de finalizar un nuevo trimestre y antes de que finalice el mes, debemos presentar el modelo 200 con la declaración anual del Impuesto de Sociedades de 2020.

Para que no tengas problemas en la gestión de los impuestos y evitar más de un dolor de cabeza, te ayudamos y contamos todo lo que tienes que saber sobre este modelo.

El modelo 200 es la declaración o liquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS) y se aplica sobre los beneficios que obtienen las empresas. Se complementa con los modelos, 202 (pago fraccionado de régimen general) y el 220 (declaración del IS para sociedades).

Este modelo está obligado a presentarlo todas las entidades con residencia en el territorio español y que tenga personalidad jurídica propia, como:

  • Sociedades Mercantiles: SA, SL, Colectivas, Laborales, etc.
  • Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales.
  • Agrupaciones de Interés Económico.
  • Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII).
  • Uniones temporales de empresas.
  • Fondos de Capital Riesgo (VC).
  • Fondos de Pensiones.
  • Fondos de titulación hipotecaria.
  • Fondos de titulación de activos.
  • Fondos de activos bancarios.

No obstante, quedarán exentos de presentar este modelo:

  • El estado, las comunidades autónomas, las entidades locales, banco de España. Fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito, Instituto de España…
  • Parcialmente exentas estarán entidades sin ánimo de lucro, uniones, federaciones, colegios profesionales, cámaras oficiales, sindicatos de trabajadores, etc. con las siguientes condiciones:
    • Que sus ingresos totales no superen los 100.000€ al año.
    • Que sus ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen los 2.000€ al año.
    • Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.
  • Los partidos políticos.

Plazos de presentación

Tienes que saber que no hay un plazo establecido para presentar este impuesto. Va a depender de cuándo termine el ejercicio económico de la empresa, por lo que cada contribuyente lo hará en un momento determinado.

No obstante, para saber cuándo tienes que presentar el modelo 200, debes calcular 6 meses tras el cierre del período impositivo. Por ello, si tu ejercicio económico corresponde con el año natural, deberás presentar el modelo 200 antes del 25 de julio del año siguiente. Y deberás rellenarlo aunque no hayas tenido actividad durante el ejercicio anterior.

Presentación del modelo 200

Claves para rellenarlo

En la primera página del modelo 200 tendrás que rellenar:

  • Período impositivo: indicando la fecha de inicio y cierre del ejercicio económico.
  • Identificación del declarante: deberás pegar las etiquetas que te ha facilitado, previamente, la Agencia Tributaria.
  • Ejercicio: aquí tienes que indicar cómo es tu ejercicio económico, según el caso:
    • Ejercicio económico de 12 meses que coincide con el año natural.
    • Ejercicio económico de 12 meses que no coincide con el año natural.
    • Ejercicio económico de duración inferior a 12 meses.

Ahora, debes completar el anexo del documento:

  • Código CNAE: según sea la actividad, deberás introducir un código determinado.
  • Declaración complementaria: tendrás que marcarla si este modelo sustituye a otro anterior en el que hayas cometido algún error.
  • Firma del declarante.

Además de este modelo, los documentos que tendrás que aportar de manera obligatoria son:

  • Balance y cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Justificación de los impuestos satisfechos respecto de la renta positiva que deba ser incluida en la base imponible.
  • Comunicación de inversiones anticipadas y del sistema de financiación de la entidad, cuando se hayan realizado en Canarias.

Este modelo no se puede presentar en papel, por lo que hay que rellenarlo y presentarlo de manera online